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¿Qué retencion es RG 830?
Cálculo Retención Impuesto a las Ganancias (RG830) – Para calcular el importe de las retenciones de ganancias, por favor ingrese todos los datos, y luego presione el botón “Retención a efectuar”
El pago corresponde a | |
Situación del proveedor en el Impuesto a las Ganancias | Inscripto No Inscripto |
Si es “No Inscripto” marque si es “persona humana o sucesiones indivisas” | |
Importe a pagar, neto de IVA | $ |
Pagos anteriores en el mes, netos de IVA | $ |
Retenciones anteriores en el mes | $ |
Importe no sujeto a retención | $ |
Alícuota | |
Importe total sujeto a retención (neto del Mínimo) por el mes | $ |
Retención total del mes | $ |
Total ya retenido en el mes | $ |
$ | |
Recordamos que las retenciones mínimas son de $ 650 para sujetos no inscriptos en IG para el pago de alquileres de bienes inmuebles urbanos, y de $ 150 para todo el resto de los casos. | |
Aclaración Importante: Para los regímenes con Nro código 21, 30, 31, 32, 35, 43, 51, 94 y 95 la alícuota a aplicar si no fueren personas humanas o sucesiones indivisas será del 25% y no del 28% |
En caso de usar decimales, utilice el “punto”, no la “coma” (por restricciones de programación). * Recuerde que este cálculo es sólo a título informativo, y no deben tomarse decisiones en base al mismo. * Verifique los importes y conceptos con las normas impositivas correspondientes.
¿Cuál es la alícuota de retencion de ganancias?
La alícuota aplicable es del 35% sobre el excedente que resulte de la ganancia determinada que distribuyan las sociedades en concepto de dividendos o utilidades, en efectivo o en especie.
¿Cómo se calculan las retenciones de ganancias?
¿Cuál es la base imponible para retener ganancias? – La base imponible para retener ganancias es la ganancia neta obtenida luego de restarle el mínimo no imponible y las distintas deducciones como la mencionada obra social o jubilación. Sobre esta base, se aplican alícuotas que van desde el 5% hasta un 35%, pagando un componente fijo y otro variable. La alícuota máxima que se puede aplicar como retención de ganancias es del 35%
¿Cómo se calcula la retención de ganancias sobre una factura?
Retenciones a monotributistas que excedan el límite – Cuando el monto acumulado de compras realizadas a un monotributista entre el mes en curso y los 11 meses anteriores excede el importe máximo para permanecer en el régimen, de acuerdo a su actividad, corresponderá efectuar una retención del Impuesto a las Ganancias.
¿Cómo se calcula la retención?
Fórmula para la retención de clientes – La tasa de retención se calcula usando la siguiente fórmula: entre por 100. En primer lugar, necesitas definir un periodo (ya sea, mensual trimestral o anual). A continuación, sigue la fórmula que te presentamos: Por ejemplo: Analicemos otro ejemplo: Tras calcular tu tasa de retención, deberías considerar hacer una auditoría de los clientes que perdiste para determinar si tienen motivos en común para finalizar la relación con tu empresa o si el tipo de clientes perdidos es similar. Podrías descubrir qué clientes con un determinado presupuesto o empresas de cierto tamaño tienen más probabilidades que otros de terminar la relación con tu marca.
¿Cómo se calcula retencion de ganancias 4ta categoria 2023?
2. Deducciones – Antes de definir el segundo gran bloque de la actualización de la retención de ganancias de cuarta categoría de 2023, es importante comprender que las deducciones se dividen en dos grupos:
- Deducciones generales.
- Deducciones personales.
Las deducciones generales incluyen todas las deducciones con topes fijos o topes variables del 5% de la ganancia neta. Ahora bien, los cambios que podemos observar en las nuevas normativas para el período 2023, se encuentran en los topes fijos para servicio doméstico y alquileres que coinciden con la ganancia no imponible o, en cifras: $451.683,19 al año,
Concepto | Anual | Mensual |
Ganancia No Imponible | 451.683,19 | 37,640.26 |
Deducción Especial | 2.168.079,35 | 180,673.28 |
Cónyuge / Conviviente | 421.088,24 | 35,090.69 |
Hijo | 212.356,37 | 17,696.36 |
Hijo Incapacitado | 424.712,74 | 35,392.73 |
La Deducción Especial Incrementada por la tiene nuevos rangos para la determinación del tramo, recordando que el tramo uno (1) genera un beneficio donde la Deducción Especial Incrementada será la necesaria para que la Ganancia Neta Sujeta a Impuestos sea cero y no exista retención de ganancias del impuesto.
Rango de remuneración bruta | Tramos |
Hasta $404.062 | Tramo 1 |
Hasta $466.017 | Tramo 2 |
Mayor a $466.017 | Tramo 3 |
Para la determinación del tramo se debe tomar el menor importe entre la remuneración bruta del mes o el promedio de remuneraciones brutas del período fiscal. Es decir que, a partir de enero 2023, el primer mes coinciden ambas, pero luego deberemos comparar el mes contra el promedio.
- En este caso también debemos tomar en cuenta las remuneraciones previstas en el artículo sin número a continuación del 176 del Decreto 862/2019.
- En otras palabras, sobre todas las remuneraciones, ya sean remunerativas o no remunerativas, en dinero o en especies y gravadas o exentas.
- El período 2022 fue complicado, ya que la normativa combinó el criterio percibo con el devengado,
Sin embargo, en el período 2023 no tenemos normativa que indique el criterio que determinen las bases de remuneraciones para determinar los tramos.
¿Cómo cálculo la deducción especial incrementada?
Consultas frecuentes – ¿Sobre qué tema necesitas información? 26144452 – ¿Qué remuneraciones dejan de estar alcanzadas por el impuesto a las ganancias? Fecha de publicación: 15/05/2023 Una vez sucedida la actualización anual por RIPTE quedarán fuera del alcance los sujetos que perciben remuneraciones y/o haberes iguales o inferiores a $ 506.230 brutos mensuales, cuyas rentas provengan: a) Del desempeño de cargos públicos nacionales, provinciales, municipales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, sin excepción, incluidos los cargos electivos de los Poderes Ejecutivos y Legislativos.
Fuente: Arts.30 inc. c) y 82 incs. a), b) y c) Ley 20.628. Art 3 RG 5008/21 y Dto.714/22
26144460 – ¿Qué se entiende por “remuneración bruta” o “haber bruto” a los fines de aplicar las deducciones especiales incrementadas según el tramo de remuneración? Fecha de publicación: 07/11/2022 Se entiende por “remuneración bruta” o “haber bruto”, a la suma de todos los importes que se perciban mensualmente, en dinero o en especie, cualquiera sea su denominación, tengan o no carácter remuneratorio, a los fines de la determinación de los aportes y contribuciones al Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA) o regímenes provinciales o municipales análogos y estén gravados, no gravados o exentos por el impuesto.
Fuente: Art.6 Dto.336/21.
26144465 – ¿Cuáles son los tramos de remuneraciones y/o haberes brutos que deben tener en cuenta los agentes de retención (Empleadores u Organismos de la Seguridad Social) al momento de practicar la liquidación mensual? Fecha de publicación: 22/05/2023 A partir de las remuneraciones y/o haberes brutos del mes de mayo se deberán tener en cuenta los siguientes importes de remuneraciones brutas en la liquidación mensual: – Hasta $506.230: no corresponderá practicar retención alguna dado que la nueva deducción especial se podrá elevar de manera tal que la ganancia neta sujeta a impuesto sea igual a cero.
Fuente: Art.30 Ley 20.628, Dto 620/21, R.G.5076/21 y Dto.714/22
26144464 – ¿Qué sucede con las remuneraciones brutas superiores a los $ 506.230? Fecha de publicación: 11/05/2023 Se seguirán considerando las tablas de la R.G.4003 que se vienen aplicando desde enero de 2021. Asimismo, en caso de que un empleado que venía gozando de las deducciones incrementadas prevista en los tramos anteriores y que por un aumento en su remuneración bruta supere los $ 506.230, deberá observar las tablas mencionadas anteriormente para tal período mensual y teniendo en cuenta las deducciones especiales incrementadas que hubieran sido computadas en los períodos mensuales anteriores a los fines del cálculo total acumulado.
Fuente: Anexo II Apartado E) R.G.4003/17
26144466 – ¿Cómo se determina el tramo de remuneración bruta cuando un empleado cambia de un mes a otro su remuneración bruta? ¿Qué sucede con las deducciones especiales incrementadas computadas en los meses anteriores? Fecha de publicación: 07/07/2021 A los fines de establecer el tramo de remuneración bruta se deberá considerar la remuneración del mes que se liquida o el promedio de las remuneraciones mensuales a ese mes, de ambos importes se te tomará el menor.
Fuente: Art.6 Dto.336/21
26144468 – ¿En qué consiste la exención sobre el sueldo anual complementario (aguinaldo)? Fecha de publicación: 21/06/2023 A fin de determinar la procedencia de la exención del sueldo anual complementario del período fiscal 2023, deberán tenerse en cuenta el monto de remuneración y/o haber bruto mensual- Para la primera cuota del sueldo anual complementario correspondiente al período fiscal 2023: se encontrará exenta la remuneración y/o haber bruto que no supere la suma de $880.000, inclusive.
Fuente: Art.1 Resolución General 5374/23
26144469 – ¿La deducción por cónyuge es aplicable a convivientes que no se encuentren casados o casadas? Fecha de publicación: 08/07/2021 La deducción por cónyuge también será aplicable para los y las integrantes de la unión basada en relaciones afectivas de carácter singular, pública, notoria, estable y permanente de dos (2) personas que conviven y comparten un proyecto de vida común, sean del mismo o de diferente sexo, que se acredite en la forma y condiciones que a esos efectos establezca la reglamentación.
Fuente: Art.30 inc. b) Ley Nº 20.628.
26144470 – ¿Qué deducción corresponde por cada hijo, hija, hijastro o hijastra incapacitado para el trabajo? Fecha de publicación: 07/07/2021 Corresponderá la misma deducción que para la de hijo, hija, hijastro o hijastra menor 18 años, pero incrementada en una (1) vez por cada hijo, hija, hijastro o hijastra incapacitado para el trabajo.
Consultá los importes aquí 26144472 – ¿Cuál es el tratamiento previsto para las sumas abonadas por el empleador en concepto de viáticos? Fecha de publicación: 07/07/2021 Se encuentran alcanzadas por el Impuesto a las Ganancias las compensaciones en dinero y en especie y los viáticos que se abonen como adelanto o reintegro de gastos, por comisiones de servicio realizadas fuera de la sede donde se prestan las tareas.
No obstante, tratándose de los gastos de movilidad, viáticos y otras compensaciones análogas abonados por el empleador, será de aplicación su deducción, en los importes que fije el convenio colectivo de trabajo correspondiente a la actividad de que se trate o -de no estar estipulados por convenio- los efectivamente liquidados de conformidad con el recibo o constancia que a tales fines provea éste al empleado, el que no podrá superar el equivalente al cuarenta por ciento (40%) del Mínimo no Imponible.
Fuente: Art.82 4to párrafo Ley Nº 20.628.
26144473 – ¿En qué consiste la exención sobre bonos de productividad, fallo de caja y conceptos de similar naturaleza? Fecha de publicación: 07/07/2021 Es una exención sobre las sumas en concepto de bono por productividad, fallo de caja, o conceptos de similar naturaleza y hasta un monto equivalente al cuarenta por ciento (40%) del Mínimo No imponible.
Fuente: Art.26 inc. x) Ley Nº 20.628.
26144474 – ¿Cuál es el tratamiento sobre gastos de guardería que son reintegrados por el empleador? Fecha de publicación: 07/07/2021 El reintegro documentado con comprobantes de gastos de guardería y/o jardín materno-infantil, que utilicen los empleados y las empleadas con hijos o hijas de hasta tres (3) años de edad cuando la empresa no contare con esas instalaciones, no estará gravado en el Impuesto a las Ganancias.
Fuente: Art.111 Ley Nº 20.628.
26144475 – ¿Cuál es el tratamiento sobre los beneficios otorgados por el empleador con relación a la provisión de herramientas educativas para los hijos e hijas del trabajador y trabajadora? Fecha de publicación: 07/07/2021 Los beneficios otorgados por el empleador referidos a la provisión de herramientas educativas para los hijos e hijas del trabajador y trabajadora, no estarán gravados en el Impuesto a las Ganancias.
Fuente: Art.111 Ley Nº 20.628.
26144476 – ¿Cuál es el tratamiento sobre los beneficios otorgados por el empleador con relación al pago de cursos de capacitación o especialización del empleado? Fecha de publicación: 07/07/2021 El otorgamiento o pago debidamente documentado de cursos o seminarios de capacitación o especialización no estarán alcanzados en el Impuesto a las Ganancias hasta el límite equivalente al 40% del Mínimo No Imponible.
Fuente: Art.111 Ley Nº 20.628.
26144477 – ¿Cuál es el tratamiento sobre los beneficios otorgados por el empleador con relación a la provisión de ropa de trabajo y equipamiento del trabajador? Fecha de publicación: 07/07/2021 Los beneficios otorgados por el empleador referidos a la provisión de ropa de trabajo o de cualquier otro elemento vinculado a la indumentaria y al equipamiento del trabajador para uso exclusivo en el lugar de trabajo, no estarán gravados en el Impuesto a las Ganancias.
Fuente: Art.111 Ley Nº 20.628.
26144478 – ¿Cuál es el tratamiento sobre las sumas percibidas por el personal militar en concepto de suplementos particulares? Fecha de publicación: 07/07/2021 El salario que perciban los trabajadores en relación de dependencia en concepto de suplementos particulares, indicados en el artículo 57 de la ley 19.101, correspondientes al personal en actividad militar se encuentran exentas en el Impuesto a las Ganancias.
Fuente: Art.26 inciso y) Ley Nº 20.628.
¿Cuándo aplica la deducción especial incrementada?
Rentas devengadas entre enero y agosto de 2021 – Se incorporó una deducción adicional para determinados sujetos que perciban haberes brutos mensuales que no superen los $150.000, inclusive, de manera tal que la ganancia neta sujeta a impuesto sea igual a CERO.
- Es decir, no corresponderá retención alguna de impuesto a las ganancias en aquellos meses en que la remuneración bruta de ese mes o el promedio de las remuneraciones brutas mensuales a ese mes -el que fuere menor- no supere los $150.000.
- Para los sujetos cuya remuneración bruta supere los $150.000 mensuales, pero no exceda de $173.000 mensuales, inclusive, se incorporó una deducción adicional.
En aquellos meses en que la remuneración bruta del mes que se liquida o el promedio de las remuneraciones brutas mensuales a ese mes -el que fuere menor- supere los $150.000 y resulte inferior o igual a $173.000, los agentes de retención computarán, en el mes que se liquida, una deducción especial incrementada conforme al Anexo de la RG 5008/21.
¿Cuándo se aplica la retención del 7 %?
Qué es la retención reducida para autónomos y cuándo acogerse a ella Hacienda da la opción a los nuevos autónomos de poder acogerse a la retención reducida, esto es que en lugar de aplicar un 15% de retención en sus facturas esta sea del 7% durante un periodo de tiempo determinado.
Las retenciones son, según, una serie de anticipos que se hacen a Hacienda en función de la previsión del resultado que se espera que se generará en la Declaración de la Renta. Las retenciones se regulan en la ley del IRPF. La ley del IRPF permite que los nuevos autónomos que desarrollen una actividad profesional apliquen a sus facturas una retención del 7% durante el año en el que se den de alta y los dos años siguientes.
Así lo destacan desde, que remarcan que la aplicación de la retención reducida se extenderá, por tanto, durante los tres primeros años de actividad cuando el profesional no haya desarrollado ninguna otra actividad durante los doce meses anteriores y se haya comunicado a los clientes el motivo por el que se aplica una retención del 7%.
- Comunicarlo a los clientes Para aplicar la retención reducida los clientes deben ser otros empresarios.
- Solo cuando el 70% de los ingresos estén sujetos a retención, el autónomo permanecerá exento de tener que presentar la liquidación trimestral del pago fraccionado del IRPF, el modelo 130.
- En este sentido, se deberá comunicar formalmente a los clientes que se aplicará la retención reducida del 7%.
En dicho aviso se debe incluir la fecha de alta de la actividad y el tiempo en el que se va a aplicar la retención reducida. No obstante, hay que tener en cuenta que la aplicación de la retención reducida es voluntaria. Entre sus beneficios destaca el hecho de que permitirá al profesional tener más liquidez, algo importante a tener en cuenta al inicio de la actividad profesional, ya que no se tienen demasiados ingresos.
¿Cuánto es el porcentaje de agente de retencion?
17 RG 830 deberán actuar como agentes de retención únicamente con relación al importe que resulte de aplicar la alícuota del 6% sobre el importe total de la operación que deba abonarse a los intermediarios.
¿Cuándo se retiene ganancias a un proveedor?
A partir de $ 100.000 están sujetas a retenciones del Impuesto a las Ganancias. Dicho monto es acumulado en forma mensual; es decir que se suman todas las facturas del mismo proveedor presentadas en el mes a fin de determinar si superan dicho monto. Monotributista no se practica retención.
¿Cómo se calcula el pago de Impuesto a las Ganancias?
¿Cuánto es el impuesto a las Ganancias 2022? – El impuesto a las Ganancias toma el menor de los dos valores -último sueldo y sueldo promedio- para establecer cuál es la base imponible a partir de la cual se calcula el impuesto y se empiezan a aplicar el resto de las deducciones. impuesto a las Ganancias: cómo se calcula el monto y porcentaje Las claves, además de las deducciones habituales como hijos a cargo y estado civil, están en el salario bruto y en el promedio de salarios brutos que se cobraron en el año. Para el pago del impuesto a las Ganancias, se tiene que tener en cuenta que el piso del impuesto desde noviembre es de $330.000 mensuales.
las obligatorias (jubilación, obra social y PAMI) las personales (cónyuge, hijos, familiares a cargo) y las permitidas
Este último grupo considera la posibilidad de producir importantes ahorros en el pago de este tributo. De acuerdo a la legislación, se permite deducir algunos conceptos, tales como: “aportes obligatorios a los sistemas de jubilaciones y a obras sociales y, con determinados límites: primas de seguro de vida, gastos de sepelio, cuotas o abonos a instituciones de cobertura médica, los gastos de asistencia sanitaria, médica y paramédica y los intereses de créditos hipotecarios por compra o construcción de inmuebles nuevos o usados destinados a casa habitación”. ¿Cuánto es el porcentaje del impuesto a las Ganancias en Argentina?